domingo, 29 de agosto de 2010

cerrá los ojos 5' y ponete en su lugar: denunciá el maltrato animal

QUE HACER EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES?

Debes tener presente :

1. Es un delito penado por el Código Penal.
2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser
denunciado por cualquier persona.
3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o el Juzgado del Crimen.

Ley 14.346 - DENUNCIAS POR MALTRATO

Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia, tanto en
Capital como en la Provincia de Buenos Aires y en el interior del país:

1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que
presencia
el hecho y que es testigo del hecho.
2. El/la denunciante debe ser mayor de edad, (21 años), y acreditar su
identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o
Cívica. Si es extranjero y no posee D.N.I., por medio de su Cédula de
Identidad.
3. La denuncia puede hacerse verbalmente o por escrito, ante las
autoridades del lugar en que ocurrió el hecho. En caso de realizarse por
escrito deberá ser firmada ante el funcionario que la recibe.
4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los
hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o
han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del
culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la
investigación.
5. La denuncia debe formularse ante la Comisaría de la zona, Juez
competente, o el Ministerio Fiscal.

LA POLICIA TIENE LA OBLIGACIÓN DE TOMAR LA DENUNCIA:
LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 ES UNA LEY PENAL Y HAY QUE HACERLA CUMPLIR.


6. El denunciante no contrae ninguna obligación que lo ligue al proceso,
ni es necesario el asesoramiento de abogados.

¿Dónde realizar la denuncia?

Si el hecho ocurrió en Capital Federal se puede concurrir a la Seccional
correspondiente de la Policía Federal, o a la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Criminal y Correccional, calle Viamonte 1147, entre
las 7.30 y 13.30 horas.
Hay que presentarse, con documento, en Mesa de Entradas, donde un empleado levantará el Acta.
Si ocurrió en Provincia de Buenos Aires o en el interior del país, se puede
concurrir a la comisaría local o a los Tribunales, siendo el trámite similar.

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