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viernes, 29 de abril de 2022

día del animal en argentina

Protección Animal 

Todos los 29 de abril se celebra en Argentina el Día del Animal. En esta fecha se conmemora el fallecimiento de Ignacio Lucas Albarracín, quien trabajó de manera incansable para que se reconocieran los derechos de los animales.


Desde la Sociedad Argentina Protectora de Animales, institución en la que se desempeñó como secretario hasta su fallecimiento, Albarracín, fue precursor en la lucha contra las riñas de gallos, la doma de potros, las corridas de toros y el tiro a la paloma. 

Fue el principal impulsor de la Ley Nacional 2786 (*) de 1891 --derogada; en vigencia Ley Nacional Penal 14.346 (**)-- de Protección de Animales que prohíbe los malos tratos, los declara actos punibles y sanciona con multas o arresto para quienes los ejerzan.



En 1907 Ignacio Albarracín gestionó junto a Ponciano Vivanco, presidente del Consejo Nacional de Educación, la celebración de la Fiesta del Animal. Tomaron como ejemplo la festividad del Domingo del Animal que realizaban los pastores de iglesias en Londres. Allí también se predicaba para inculcar el respeto por los animales. Con estos antecedentes, se logra organizar en Argentina la primera celebración para el día 29 de abril de 1908 aunque debió suspenderse por lluvia. Finalmente, se realizó el 2 de mayo siguiente. No obstante, en adelante, se continuó celebrando el 29 de abril. Impulsado por la Sociedad Argentina Protectora de los Animales e instituido por el Ministerio de Educación de la Nación, se celebra este día en su homenaje.


nota completa : 

https://defensoria.org.ar/noticias/dia-del-animal-el-mensaje-de-la-defensoria-2/ - 29/04/2020


(*) Ley 2.786

PROHIBICION DE MALOS TRATOS A ANIMALES.

BUENOS AIRES, 25 de julio de 1891

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en
Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1.- Declárase actos punibles los malos tratamientos ejercitados con los animales, y las personas que los ejerciten sufrirán una multa de dos a cinco pesos, o en su defecto arresto, computándose dos pesos por cada día.

ARTICULO 2.- En la capital de la República y Territorios Nacionales, las autoridades policiales prestarán a la Sociedad Argentina Protectora de los Animales, la cooperación necesaria para hacer cumplir las Leyes, reglamentos y ordenanzas dictadas o que se dicten en protección de los animales, siendo de la competencia de las mismas, el juicio y aplicación de las penas en la forma en que lo hacen para las contravenciones policiales.

ARTICULO 3. - El importe de las multas a que se refiere el artículo primero será destinado a las sociedades de beneficencia de cada localidad.

ARTICULO 4.- La Municipalidad de la capital de la República y las de los Territorios Nacionales dictarán ordenanzas de conformidad a la presente Ley.

ARTICULO 5. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FIRMANTES


(*2) LEY 14.346

Se Establecen Penas para las Personas que Maltraten o Hagan Víctimas de Actos de Crueldad a los Animales.

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY:

Sancionada: Setiembre 27-1954

Promulgada: Octubre 27-1954

ARTICULO 1º - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

ARTICULO 2º - Serán considerados actos de maltrato:

1° No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.

2° Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.

3° Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.

4° Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.

5° Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

6° Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

ARTICULO 3º - Serán considerados actos de crueldad:

1° Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.

2° Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.

3° Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.

4° Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.

5° Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.

6° Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.

7° Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad.

8° Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

ARTICULO 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 27 de setiembre de 1954.

A. TEISAIRE

A. J. BENITEZ

Alberto H. Reales

Rafael V. González

—Registrada bajo el Nº 14.346—

viernes, 8 de abril de 2022

derecho animal

Caso RUBIO

entrevista al Dr. Mauricio Trigo , abogado penalista animalista - 02/04/2022

💬  audio completo



Programa PROTECCION ANIMAL

Se emite por Radio Rivadavia Mendoza, 92.1 todos los sábados a las 13 hs .

Creado , producido y conducido Andrea Fabiana Aguirre y Analia Brail .





sábado, 12 de marzo de 2022

tres arroyos, allanamiento por tráfico de fauna silvestre

CPR secuestró 140 tortugas destinadas a la comercialización

En el marco de un allanamiento realizado este viernes en un domicilio ubicado en la cuadra 1700-1800 de calle Rauch, personal del Comando de Prevención Rural Tres Arroyos secuestró 140 tortugas que serían destinadas a la comercialización.

Según indicaron fuentes policiales, fueron llevadas al refugio de PACMA, donde las revisa un médico veterinario.

Se iniciaron actuaciones por infracción a la Ley 22.421 con intervención de la UFI Nº 20 del Departamento Judicial Bahía Blanca, a cargo del Dr. De Lucía.









de : lu24.com.ar - 11/03/2022


martes, 26 de noviembre de 2019

tres arroyos, allanamiento por trafico de aves

Allanamiento en Tres Arroyos por tráfico de aves en peligro de extinción



Se allanaron dos predios en Tres Arroyos que se utilizaban como centro de acopio de aves en peligro de extinción que luego eran trasladadas hacia la provincia de Chubut.

En tres allanamientos realizados en la ciudad bonaerense de Tres Arroyos, en la santafesina de Rosario y en La Banda, en Santiago del Estero, más de 600 aves en peligro de extinción fueron rescatadas, según informó el ministerio de Seguridad de la Nación.

Las tareas de investigación de agentes del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal permitieron identificar a las personas que traficaban las aves desde la provincia de Salta hacia Rawson, en Chubut, informó un comunicado del ministerio.

"Luego de intervenciones telefónicas, se determinó el complejo esquema que desplegaba esta organización, la cual contaba con extractores, distribuidores y vendedores mayoristas y minoristas de las especies", señaló el documento.

En un trabajo conjunto con la delegación Rawson de PFA, se allanaron dos predios en Tres Arroyos, tres viviendas de La Banda y cuatro lugares de Rosario. En todas las ciudades se identificaron distintos centros de acopio donde llegaban las aves en peligro de extinción que luego eran trasladadas a Chubut.

Además del rescate delas especies se incautaron elementos para la caza, jaulas y documentos.

Las aves quedaron a resguardo de las direcciones de Fauna provinciales para ser trasladadas a sus centros de rescate y realizar la cuarentena antes de su liberación.

de : viapais.com.ar - 25/11/2019




jueves, 20 de octubre de 2016

tsas, el HCD analiza ordenanza sobre uso y prohibición de pirotecnia

NO!! a la pirotecnia en el partido de tres arroyos

Integrantes de GAPTA se reunieron con concejales y se manifestaron en contra del uso de pirotecnia


Adolfo Ismael y Marcela Danasini, integrantes del Grupo Ambientalista Partido de Tres Arroyos (GAPTA), se hicieron presentes en la Comisión de Legislación luego de que fueran citados por los concejales para que dieran su punto de vista sobre el proyecto de ordenanza que busca “desalentar” el uso de pirotecnia.
Ismael en dialogo con los medios expresó que “vinimos a colaborar en todo lo que podemos desde la ONG porque el distrito de Tres Arroyos necesita que se tome una medida de una vez por todas con el tema de pirotecnia que hace dos años venimos luchando”.
Con respecto al proyecto presentado por los concejales se mostraron disconformes ya que lo que ellos pretenden que es que se prohíba el uso de pirotecnia: “La ley general de ambiente 25.675, donde defiende los derechos ambientales y a su vez colectivamente de ciudadanos y animales, donde tranquilamente a través de esta ley se puede llegar a prohibir el uso de pirotecnia si tenemos en cuenta los principios de la misma”.
En tanto Danasini explicó: “Si se zonifica es porque se está reconociendo que hay un daño, si hay un daño se puede tomar una acción preventiva porque se sabe que el daño puede ser cierto, o una precautoria, en cualquiera de los dos casos se puede prohibir, porque se está admitiendo que puede pasar algo”.
Los concejales quedaron en evaluar los argumentos expuestos por los integrantes de GAPTA para determinar si se prohíbe el uso de pirotecnia o si continúan sosteniendo el proyecto inicial.

de: lu24.com.ar - 05/10/2016

En noviembre sancionarían ordenanza sobre uso de pirotecnia

Se reunió la Comisión de Legislación del Concejo Deliberante, la que trató diversos expedientes, entre los cuales se destaca la nueva convocatoria para tratar lo relativo a  la futura ordenanza sobre pirotecnia que podría ser sancionada en la primera sesión del mes de noviembre.
Así lo indicó su titular, Werner Nickel a LU 24, quien dijo al respecto:  “volvimos a tratar el tema de la pirotecnia ante las próximas Fiestas, convocando a una nueva reunión, ya que no hemos logrado llegar a ningún entendimiento, porque en la Comisión se hablan algunas cosas y luego se dicen otras, por lo que hemos coincidido en que finalmente, para la semana que viene, y con toda la información que tenemos cada uno de los bloques, elaborar una decisión final para tratar en la primera sesión del mes de noviembre, y aprobar la ordenanza”.

de: lu24.com.ar - 19/10/2016





jueves, 13 de octubre de 2016

tsas, desbarataron una carrera de galgos



tres arroyos, en cercanías del basurero municipal desbarataron una carrera de galgos






El Comando de Prevención Rural desbarató una carrera de galgos en el resumidero del basurero municipal e infraccionó a Félix Barrionuevo por participar de la organización.

El hecho incluyó la fuga de los participantes luego del despliegue policial. Asimismo, en el lugar se procedió al secuestro de una gatera y un cuadro de bicicleta el cual cumple la función de cinta de largada.

Interviene el Juzgado Correccional Nº 1 a cargo de Gabriel Giulliani, quien ordeno medidas de rigor.

En tanto, el presidente del Círculo Veterinario Enrique Groenemeberg indicó que la entidad advierte de estas actividades pero que hasta ayer no sabían en donde se desarrollaban.

"Esperemos que se termine, porque está prohibido y hay mucho maltrato animal. Nunca supimos donde se hacía, no es tanto la carrera sino el maltrato animal, porque se los inyecta para que corran más", aseguró por Radio 3.



de: diario3.com.ar - 11/10/2016



“Los galgueros deberán explicar lo sucedido a la justicia” dijo el Coordinador de los CPR


El Coordinador de los Comandos de Prevención Rural, Comisario Inspector Daniel Torreano, sostuvo, en contacto con LU24, que el operativo realizado en el que participaban galgueros en un camino vecinal, fue “ante un llamado anónimo que daba cuenta de la presencia de los mismos, por lo que cuando se toma conocimiento a través de un llamado telefónico, y concurre el personal de la patrulla de Tres Arroyos, y constata que había personas con perros galgos, y se aprehende a un infractor, Félix Rubén Barrionuevo y se secuestra un cuadro de bicicleta que se utiliza para hacer correr lo que le llaman “la liebre” y dos gateras; al llegar el personal policial se produce un desbande de gente que fuga en vehículos o a pie, lo que no entiendo por qué sucede esto, si no estaban compitiendo, eso lo van a tener que explicar en la Justicia”.
“A Barrionuevo se le labró una infracción a la ley 12.449 en sus dos primeros artículos, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia que prohíbe la realización de carreras fuera de los ámbitos autorizados, tiene una pena de quince días de arresto, y por reincidencia se deben cumplir" dijo.
“La gobernadora ha impulsado una nueva ley, la que no va a ser en nada flexible para quienes realicen este tipo de actividades en lugares que no estén habilitados; posteriormente la Justicia determinará si son culpables o no, pero que estaban realizando una competencia no hay dudas, si estaban practicando para qué se van, se hubiesen quedado, eso hace presumir que había algo distinto atrás, eso es una cuestión que determinará la Justicia”, agregó.
“Agradezco a quienes en forma anónima llaman a la patrulla respecto a este tipo de eventos, luego es una cuestión en este caso contravencional, para determinar la responsabilidad de la persona”, manifestó.
El delito en el campo
El funcionario dijo que “se ha bajado notablemente el delito en la zona rural, si bien hay casos de faena en algún animal, en toda la Provincia ha bajado, esto está informado por la Superintendencia de Seguridad Rural a cargo del Comisario José Luis Quarleri”.

de: lu24 - 12/10/2016






lunes, 3 de octubre de 2016

necochea, la policia intervino en carrera de galgos

Las carreras de galgos ya son cuestión de Estado: aprehendidos en Necochea

La prevención del maltrato animal ya es una cuestión de Estado en la Provincia, tras el anuncio de la gobernadora María Eugenia Vidal de que luchará contra la explotación de galgos a través de carreras mediante un proyecto de ley que las prohíba.


En Tres Arroyos, donde existen antecedentes de realización de este tipo de competencias, esta semana se robaron un perro de esa raza del refugio de PACMA, que posteriormente fue recuperado cuando ya había sido vendido con fines espurios.
Mientras tanto, en las últimas horas, el Comando de Patrullas de Necochea observó en un predio de calles 106 y 107 la presencia de vehículos, personas y galgos, sobre una pista en la que incluso había gateras.


Los uniformados alcanzaron a identificar a unas 20 personas, mientras otras huían del lugar cuando advirtieron la presencia policial. Con intervención del Juzgado Correccional necochense, aprehendieron al encargado del predio, identificado por el apellido Magno, y al presunto organizador de las competencias, de apellido Ossan.




de: lu24.com.ar - 02/10/2016







martes, 26 de julio de 2016

cascallares (pdo. de tres arroyos), policía realizó procedimiento por carreras de perros

Por primera vez en la Provincia en los últimos tiempos: Policía abortó carrera de galgos en Cascallares

Un operativo sin precedentes en el medio, ni en la Provincia en los últimos tiempos, hizo el CPR local, que fue alertado de la presencia de un grupo de personas llevando adelante "carreras de galgos en yunta" lo que está penado por la ley.













Se estableció que ello ocurría en el establecimiento de campo "El Socorro" ubicado a unos 15 km de Cascallares. Se dio intervención al Juez Correccional de Tres Arroyos por infringir la Ley 12.449. Se infraccionó al organizador de la carrera de galgos.

Los propietarios de la Estancia El Socorro, están totalmente ajenos a la cuestión. Usaron el campo sin permiso para el acontecimiento penado por la ley, dice el informe dado por la Policía.

lu24 - 25/07/2016


Galgos: El Jefe del CPR confirma que se organizó una “Caza en yunta”

El comisario inspector Carlos Daniel Torreano, coordinador de zona del CPR con asiento en Tres Arroyos, confirmó a LU 24 que “ayer se realizó un procedimiento, aproximadamente a las 11:30, tras el llamado telefónico en el que se daba a conocer que varios cazadores con perros galgos se encontraban en el interior de un establecimiento rural ubicado a 15 kilómetros de Cascallares”. 
“Personal se constituye allí a cargo del comisario Daniel Rodríguez, subcoordinador, y constata la presencia de 17 personas que fueron identificadas las cuales se hallaban cazando”, añadió.

En este marco, se iniciaron actuaciones por infracción a la Ley 12.449 con injerencia del juez Correccional Gabriel Giuliani. “De las mismas se desprende que había una persona que había solicitado permisos al dueño del campo para cazar con su perro pero también que había organizado una carrera que se llama “Caza en yunta”, indicó Torreano.

lu24 - 25/07/2016







viernes, 11 de marzo de 2016

buenos aires, la policía bonaerense podrá frenar las carreras de galgos en la provincia

La Policía bonaerense podrá frenar las carreras de galgos en la provincia

foto La Nación Rodrigo Néspolo

Desde el 3 de marzo, el ministerio de Seguridad bonaerense dio facultad a las patrullas rurales para actuar de oficio ante estos eventos.

Las reiteradas demandas presentadas por diversas asociaciones proteccionistas de animales fueron finalmente oídas. Luego de años de presentaciones judiciales, marchas y contramarchas, denuncias e incluso enfrentamientos con los responsables de las carreras ilegales, finalmente el ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires dio facultad a las patrullas rurales para actuar de oficio ante las carreras de galgos desde el pasado 3 de marzo. Asimismo facultó a la fuerza para intervenir en todos los hechos delictivos que puedan producirse a través de la actividad.

Según consta en el expediente 21000-043255/16, la Patrulla Rural está habilitada ahora para impedir la realización de actividades delictivas como son las carreras de galgos en la Provincia de Buenos Aires. Esto significa que si la mencionada fuerza toma conocimiento de que se está realizando una carrera, ya sea porque las detectaron o a partir de la denuncia de un tercero, deben actuar de inmediato y suspenderlas.

En Buenos Aires, rige la 12.449 que prohíbe la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza, con excepción de las que se realicen en aquellos canódromos creados y habilitados por ley, y que prevé sanciones con penas de arresto de dos a quince 15 días para organizadores, colaboradores o propietarios de los animales que participen de esos eventos.

El pedido al Ministerio de Seguridad fue motivado por el temor de los ciudadanos a denunciar en comisarías esta práctica, que se realiza clandestinamente en varios puntos de la provincia.

Asociaciones como Alerta Galgo y Proyecto Galgo Argentina vienen denunciando hace tiempo los abusos por parte de los "galgueros" para con los animales. Dopaje de los perros para aumentar su performance, apareamiento forzado para generar más crías y matanza y abandono de los animales considerados "descartables" son algunas de las atrocidades que denuncian las protectoras.

"Fue muy fuerte para nosotros recibir la notificación después de tanto tiempo. Ahora pedimos a todos los vecinos que si ven o saben de carreras de galgos en su ciudad, que llamen de inmediato a la Patrulla Rural", expresó Inés, de Proyecto Galgo Argentina.

de: lanacion.com.ar - 11/03/2016

lunes, 25 de enero de 2016

en claromecó, hallan un carpincho muerto a tiros

carpincho muerto a tiros en la playa de claromecó




claromecó, lunes 25 de enero 2016

si tuviera delante mío ... al asesino de éste carpincho ... le preguntaría ... qué retorcido derecho cree que tiene para quitar la vida???

y si además le explico ... que éste animal es un mamífero silvestre, protegido por ley nacional 22.421 ... se produciría en su cabeza una repentina conciencia???

de cuántos ignorantes estamos rodeados???

un carpincho muerto a tiros, a 300 metros del faro de claromecó, testimonia el desprecio por la vida de uno o varios omnipotentes, que además y con total impunidad, violan la ley

en pcia. de buenos aires, la caza del carpincho está PROHIBIDA

'' DEFENDAMOS LO NUESTRO ''

carolina herrera
claromecó

jueves, 6 de agosto de 2015

por el fin de las carreras de perros en argentina





Firma la petición ➨change.org/xlosgalgos, para solicitar el voto positivo de la Ley. Tu firma es el apoyo que necesitan los galgos. La petición va dirigida a los Diputados Nacionales que integran la Comisión de Legislación Penal y la Comisión de Justicia.#STOPGALGUEROS

La Ley de Prohibición de Carreras de Perros en la República Argentina ya obtuvo MEDIA SANCIÓN en la Cámara de Senadores, ahora n
ecesitamos de la ayuda de todos Uds. para pedirle a los Diputados que aprueben dicha ley.
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"La vida de cualquier animal es mucho mas valiosa
que la de aquel humano que es capaz de torturarlo"
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◘ FB: Proyecto Galgo Argentina
fb.com/Proyecto.Galgo.Argentina
◘ TW: @proyectogalgoar
https://twitter.com/proyectogalgoar;

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miércoles, 29 de julio de 2015

argentina, por el fin de las carreras de perros!




Argentina, 29 de julio 2015

El Senado aprobó sobre tablas, la media sanción a la ley de Prohibición de carreras de perros en todo el territorio nacional!

El expediente recibió el apoyo del Frente para la Victoria y de sus aliados. En cambio, el peronismo disidente, encabezado por Adolfo Rodriguez Saá, y el radicalismo, de la mano de Gerardo Morales, decidieron abstenerse.

GRACIAS A TODOS LOS SENADORES QUE HOY DIJERON SÍ A LA VIDA! SÍ A LA COMPASIÓN! SÍ A LA EMPATÍA ANIMAL! NO AL MALTRATO! NO AL USO! NO A LA EXPLOTACIÓN Y MUERTE! #NoALasCarreras

VAMOS POR MÁS! VAMOS POR LA SANCIÓN EN DIPUTADOS! #JuntosPodemos







sábado, 2 de mayo de 2015

proyecto de ley para prohibir las carreras de perros en todo el territorio nacional

Prohibirían por ley las carreras de perros

Es lo que propone la diputada Patricia Giménez para proteger a estos
animales y además combatir el narcotráfico, las apuestas clandestinas
y los movimiento ilegales de dinero.

28 de abril de 2015

La vicepresidenta segunda de la Cámara de Diputados de la Nación,
Patricia Giménez (UCR-Mendoza), presentó un proyecto de ley para
prohibir las carreras de perros.

“La proliferación en todo el país de las carreras de galgos pone en
evidencia la necesidad de acciones concretas, comenzando por un
marco normativo específico, cuyo fin fundamental sea lograr la
prohibición de las carreras de perros, evitando de este modo
no sólo el maltrato y la crueldad a las que son sometidas esta raza
y otras”, manifestó Giménez.

Explicó que si se aprueba esta ley, además de proteger y defender
a cientos animales que a diario son explotados bajo una supuesta
tradición argentina, “se ayudaría a combatir situaciones propicias
para las apuestas clandestinas, el narcotráfico, la corrupción y los
movimientos ilegales de dinero”.

Giménez sostuvo que “quienes asisten a las carreras lo hacen atraídos
por las apuestas”. “A vistas de su explotador, los galgos son considerados
recursos asignados a la obtención de ganancias, son considerados
herramientas y pierden su condición de ser”, lamentó.

Según la diputada, “estos animales pasan la mayor parte del día encerrados
o atados”. “Se los droga con un sinfín de sustancias, tales como arsénico,
estricnina, cocaína, metanfetaminas, cardiotónicos, cafeína, etc.
Estas drogas pueden adquirirse en los mismos canódromos, a través
de las redes sociales, o por correo, como denuncian asociaciones
proteccionistas”, advirtió.

Por eso, Giménez resaltó que “al prohibir a nivel nacional las carreras
de perros, estamos combatiendo el narcotráfico”.

“Como es vox populi, a los galgos se los entrena de forma cruel, atados
a un vehículo, en cintas para correr, donde los obligan a recorrer muchos
kilómetros varias veces por día. La crueldad se extiende a otras especies
que se utilizan como cebos: gallinas, búhos, cervatillos, mulitas, liebres,
jabatos, chanchos, ñandúes, guanacos y las crías de los animales que
suelen cazar con los mismos perros galgos”, informó la legisladora.

La mendocina indicó que “alrededor de los tres años, los galgos
ya no sirven para correr -sus cuerpos fueron exigidos al máximo,
quedando con secuelas tales como daño hepático, daño renal,
temblores constantes y convulsiones-, por lo tanto se los abandona,
se los deja morir de hambre, quedan para reproducción como padrillos
o vientres (solo aquellos que fueron ganadores en algún campeonato),
o se los utiliza como sparring en peleas de perros”.

Giménez sostuvo que la mayoría de las provincias galgueras, tales
como Santa Fe, Mendoza, Córdoba, Entre Ríos, o Buenos Aires,
“tienen en sus calles muchos galgos abandonados, que son los que
ya no sirven para esta práctica, propiciando de esta manera el
incremento de perros callejeros”.

En su artículo 2, el proyecto establece que “será reprimido con prisión
de un mes a un año y con inhabilitación especial de hasta tres años,
para ejercer cargos públicos o ser proveedor del estado, la persona
que infrinja lo establecido por esta ley”.

“Fomentar este tipo de actividades que no se condicen con la ética,
ni con el trato humanitario que los animales merecen, es no sólo atacar
el maltrato, la crueldad y la muerte, sino también prohibir la cultura
de la brutalidad y la corrupción que le da forma”, agregó.

La diputada sostuvo que está convencida de que es necesario prohibir
las carreras de canes a nivel nacional, porque “definitivamente es la
manera de desmontar la base de esta industria cruel y sanguinaria”.

“Todos los animales tienen derecho al respeto. Estas carreras y todas
las actividades conexas son un claro ejemplo de la falta de respeto
del hombre. Los animales no deben ser explotados ni utilizados
para que el hombre se beneficie de ellos por simple, prosaica
y anacrónica diversión”, concluyó Giménez.

de: parlamentario.com - 28/04/2015

miércoles, 4 de marzo de 2015

tsas, maltrato animal en la fiesta del trigo

maltrato animal, en tsas las autoridades miran para otro lado



La gente de la comisión de la Fiesta del Trigo rechazo el pedido de la prohibición de la utilización de ponis y llamas por parte de algunos individuos para obtener dinero a costas de su sufrimiento. Las razones: No existe una ordenanza específica que impida esta práctica en nuestra ciudad y ellos no pueden prohibir a estos comerciantes que “realicen su trabajo” (por cierto comerciantes que deben PAGAR para estar en esta fiesta popular). La comisión no quiso analizar otras propuestas como la recolección de firmas que avalen el pedido o basarse en la ley Nacional 14.346 de Protección Animal para prohibir este tipo de espectáculos ( o al menos mejorar las condiciones de los caballitos)

Art. 1º: Será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

Art. 2º: Serán considerados actos de maltrato:

1) No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
2) Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.
3) Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
4) Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.

Estos artículos se adaptan perfectamente al caso de los ponis y llamas.

Básicamente el problema es que se subestima el tema del maltrato animal, por lo tanto no hay ni voluntad ni interés en buscar propuestas que prohíban la practica o al menos mejores las condiciones en las que se hallan estos animalitos. Todo tema se puede debatir, el problema es que no existe debate cuando te subestiman y subestiman el tema en cuestión

Por lo tanto, apelamos a la toma de conciencia por parte de los vecinos para que repudien este tipo de maltrato animal disfrazado de espectáculo.
Lamentablemente es otro año mas en el que esta fiesta popular es escenario de maltrato animal, maltrato naturalizado y aprobado por las autoridades.
Lamentablemente los malos siguen ganado y los animalitos sufriendo ante nuestros ojos.



más información en https://www.facebook.com/MundoFelinoTresArroyos





sábado, 21 de febrero de 2015

derecho animal en argentina

Derecho animal en Argentina: ¿bienestarismo o abolicionismo?

En Argentina desde 1954 no hay grandes cambios en la legislación sobre el derecho de los animales. La ley federal 14346 de malos tratos y actos de crueldad es amplia. Antes de modificarla, dicen los expertos, hay que cambiar "la cabeza y el corazón de la personas".
Por Matías Máximo
En Argentina desde 1954 no hay grandes cambios en la legislación sobre el derecho de los animales. La ley federal 14346 de malos tratos y actos de crueldad es amplia y para muchos necesita una modificación, porque en 60 años mutó a nivel mundial el paradigma de relacionarnos con las demás especies. ¿Qué son los animales en un país agroexportador? Para algunos que se ubican en “un escalón superior”, son artículos para que los humanos vivan con el mayor estado de bienestar. Para otros no son iguales, pero merecen vivir con el menor sufrimiento posible, en jaulas más grandes por ejemplo. Por último, están quienes consideran que los animales tienen que ser “sujetos de derecho” ante la ley y consideran que su actual condición es la esclavitudInfojus Noticias habló con especialistas y referentes sobre los conceptos básicos en discusión, los cambios que hacen falta y la mejor forma de implementarlos.
Especismo
El “especismo” refiere a la discriminación basada en la especie. Es un equivalente al racismo o al sexismo y señala la discriminación de los humanos hacia el resto de los animales. “Todos los animales con sistema nervioso centralizado -tanto humanos como no humanos- tenemos intereses asociados a una conciencia individual -cuyo sustrato biológico es el cerebro- y que nos permite tener experiencias subjetivas. Entre los intereses básicos que compartimos tanto humanos como animales no humanos se encuentran el interés de conservar la propia vida, el de vivir en libertad y el de alejarse del dolor”, dijo Emilia Viacava, estudiante de Derecho en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y fundadora de Veganismo Militante, una organización que busca llevar el veganismo y la información sobre el especismo a lugares donde pocas veces llega, como los comedores populares y los barrios humildes.
“El argumento de la superioridad es tan erróneo como falso. De ser válido debiéramos decir que esa superioridad entre especies también podría darse intra-especies, con lo cual podríamos establecer cuáles son los criterios relevantes de superioridad y así determinar cuál es el humano superior. Con el mismo criterio que usa el especista, podríamos justificar que ese humano superior podría tiranizar a todos, ¿suena un tanto nazi, no?”, se preguntó Gerardo Biglia, abogado del Centro de Prevención de Crueldad Animal y uno de los profesores que darán la materia Derecho Animal en la UBA, que es parte de la currícula desde este año(*).


Bienestarismo y abolicionismo
El bienestarismo sostiene que es moralmente aceptable que los humanos usen o aprovechen otros animales como fuente de alimento, vestimenta, mascotas y otros usos, mientras se evite su sufrimiento innecesario. “Algunos bienestaristas demandan una reforma porque creen que es aceptable que los humanos utilicen a los animales si lo hacen ‘humanitariamente’, otros porque creen que una reforma conducirá finalmente a la abolición”, dijo María Antúnez, presidenta de la Fundación por los Derechos de los Animales No Humanos (FUNDANH). El abolicionismo no tolera que los humanos usen animales como alimento, vestido ni entretenimiento. Y sugiere que “suprimamos la institución de la propiedad animal y apoyemos medidas que supuestamente hagan la esclavitud de los animales más ‘humana’”. Habla de seres sintientes, más allá de la especie.
Las leyes y los animales
Silvia Urich escribió una investigación sobre las legislaciones proteccionistas desde el nacimiento de Argentina hasta la ley 14346 de crueldad animal (Los perritos bandidos). Según ella en Argentina el campo proteccionista nace a comienzos del siglo XX cuando la diversidad de las instituciones permite distinguir nítidamente dos criterios o tendencias: las que actúan teniendo como meta la compasión y las que tiene como norte la justicia.
Para Urich “no es extraño que instituciones que pueden ser caracterizadas como ‘bienestaristas’ en algunos tópicos sean ‘abolicionistas’ en otros. O que se autodenominenen ‘abolicionistas’ pero actúen como ‘bienestaristas’”, porque "hablar de 'los animales' puede ser hablar de la fauna urbana pero también de la silvestre. Animales de compañía como perros, gatos, pero también caballos, aves, ganado. Puede ser la realidad de los animales cautivos usados en entretenimientos como zoológicos, circos, carreras, peleas o tiro al pichón, de silvestres usados en la caza, o de aquellos empleados para consumo, en laboratorios o en la vestimenta”
Biglia dijo que a partir las leyes “podríamos proponer muchos cambios, pero si no cambian las cabezas y los corazones de las personas será en vano cualquier modificación legislativa. Por otro lado, ¿desde dónde podemos pedir reformas legislativas?, yo me preguntaría qué hace cada uno de nosotros para beneficiar a los animales. Reclamar la personalidad jurídica de los animales mientras comemos huevos o le ponemos miel al té, ¿no es contradictorio?, ¿no es como luchar por la libertad mientras tenemos esclavos en el patio trasero?”.
Para Antúnez, a la hora de denunciar los casos de maltrato, “un obstáculo es que cuesta mucho encontrar abogados que se ocupen de la temática, porque no conocen las leyes de protección en primer lugar, y en segundo por cuestiones económicas, ya que no son casos que -curiosamente-  traigan gente con poder adquisitivo. A las denuncias se les imponen trabas en lo que respecta a la carga probatoria, que recae en los denunciantes. Y otra cosa para el avance jurídico respecto de la protección de los animales es el prejuicio, la ignorancia,  la falta de interés por no tratarse de una cuestión rentable y los grandes intereses corporativos”.

Cambios culturales para cambios legislativos
Claudio Bertonatti fue director del zoo hasta 2013, cuando no soportó los fines comerciales de los socios que todavía tienen la licencia del zoo. Ahora es parte de la Fundación de Historia Natural "Félix de Azara, consejero de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y de la Fundación Vida Silvestre Argentina. Para él desde el punto de vista jurídico o legal, antes de hacer cambios hay que estudiar con detenimiento para no caer en la falta de solidez conceptual y dictar normas difíciles de cumplir o aplicar: “Desde el punto de vista ciudadano, diría lo mismo: antes de adoptar una posición hay que estudiar las distintas posibilidades. Conozco muchas personas que no comen carne, por ejemplo, porque creen que así evitan que se maten animales. Tengo una pésima noticia para ellas: no es cierto. El más despojado plato de arroz o soja o un pedazo de pan, también implica un impacto mortal sobre muchos animales. Quien dude de esto lo invito a caminar por un campo de soja, una arrocera o un cultivo de trigo o maíz y que me cuente qué es lo que ve además de la especie sembrada”.
Desde otra postura, para Viacava lo importante es que los cambios en las leyes sean abolicionistas, porque con el proteccionismo lo único que estaríamos logrando es continuar legitimando la esclavitud de los animales no humanos. “El cambio que necesitamos en el derecho animal en Argentina es, primero, generar los espacios educativos necesarios para lograr cambiar ese paradigma cultural que considera a los animales como objetos para consumir y utilizar. En segundo lugar, desde la ley, se pueden proponer cambios legislativos que en sí mismos sean abolicionistas, para que estos cambios legislativos conduzcan a una abolición progresiva de la esclavitud animal”.
El 18 de diciembre de 2014 la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal consideró como  “sujeto no humano” a la orangutana “Sandra”. Esto significa que podrán tutelarse sus derechos básicos fundamentales. Pablo Buompadre es el presidente de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA), que impulsó el hábeas corpus de la orangutana. Este fallo puede abrir la puerta a otros similares.
“Este fallo inédito a nivel mundial constituye sin lugar a dudas, un Leading Case (Caso líder) en la materia y en mi opinión  habilita legalmente a la utilización de instrumentos jurídicos vigentes como el ‘habeas corpus’ para la tutela efectiva de, al menos, derechos basicos fundamentales de los animales no-humanos. Principalmente, en aquellos casos en que están injusta y arbitrariamente privados de libertad, como en los zoológicos, circos, centros de experimentación, acuarios, y otros lugares de explotación animal”, dijo Buompadre.

(*)http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/derecho-animal-una-nueva-materia-de-la-uba-7143.html

de: infojusnoticias.gov.ar - 25/01/2015
enviado por 
prof. norberto ovando, de asoc. parques nacionales - parquesnacionalesorg@yahoo.com.ar



lunes, 9 de febrero de 2015

jornadas de derecho animal en córdoba, argentina (septiembre 2014)

Córdoba (Argentina), 11 septiembre 2014

Conclusiones de la Jornada efectuada en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

“Galgos: Su explotación y muerte. Otra forma de violencia social”

texto completo: 
http://cpacf.org/files/acordadas/galgos%20CPACF%20septiembre%202014.doc

Consideraciones de la Comisión de Derecho Animal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal en coordinación con el Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires y la Sala de Derecho Animal del Colegio de Abogados de la Provincia de Córdoba.

La exposición de profesionales de la Abogacía y de la Medicina Veterinaria y de diferentes ONG´s, en la mencionada jornada, lleva a esta Comisión a las siguientes conclusiones:

1. Las carreras de galgos y la caza de liebres con galgos no constituyen un deporte. Ni la caza con galgos ni las carreras de galgos pueden ser consideradas “deporte” a la luz de los principios generales de la Ley nacional 20655 .

2. Las carreras de galgos no constituyen una tradición, habida cuenta su origen inglés.
Pretender legalizar las carreras bajo el argumento de “la tradición” implica un retroceso cultural y social como regresar a la época del Coliseo Romano, en el que matar humanos también era una tradición y formaba parte de un espectáculo.

3. Las carreras de galgos no deben legalizarse pese a su frecuencia
Pretender legalizar las carreras porque “es algo que se repite en todos lados con asidua regularidad”, es tener que aceptar el supuesto de dejar de tipificarse como delito “el matar a otro”, ya que también es algo que se repite en todos lados.

4. Las carreras de galgos y la transparencia en las apuestas.
Se pretende argumentar que a través de la legalización, el sistema de apuestas dejaría de ser ilegítimo y así, parte de la recaudación ingresaría en las arcas estatales. Quienes sostienen tal argumentación, dejan de lado el maltrato que en todas las etapas de la triangulación galguera sufren los animales y que tienen como único final el descarte y muerte del galgo y asimismo, se pierde de vista lo que implica el juego y la ludopatía en una sociedad, la cual ha sido declarada por la OMS como trastorno.

5. Las carreras de galgos no deben existir como sistema de financiamiento de salas de primeros auxilios, ni de cooperadoras policiales ni escolares.
Sostener el maltrato en los galgos “como sistema de recaudación” para abrir salas de salud pública, pone de manifiesto un alerta terrible que lleva a plantearse si es lógico que haya que recurrir a la explotación animal para llevar adelante una política sanitaria, de educación o de seguridad.

6. Las carreras de galgos no deben existir aunque haya control antidoping.
Es dable destacar que para el supuesto de que el doping diera positivo, el animal ya ha sido dañado.

7. Las carreras de galgos no deben existir como fuente de creación de puestos de trabajo.
Legalizar las carreras de galgos es legalizar el maltrato animal y argumentar su legalización sobre el paupérrimo argumento de “fuentes de trabajo” equivale a legalizar la prostitución, el trabajo infantil o la trata de personas.

8. La caza de liebre con galgos no debe existir
En la caza de liebre con galgos, no sólo se lesiona el galgo (tipifica en la Ley 14346) sino que también se estaría en violación de la Ley de Fauna silvestre.

Se pone de manifiesto que el cambio normativo que la cuestión animal conlleva, hace que deba priorizarse la protección de estos animales, sobre cuestiones tales como “tradiciones”, “recaudaciones” o “fuentes de trabajo”.

Hoy, el Derecho Animal obliga a un cambio de paradigma jurídico, en donde el bien jurídico “animal no humano”, hace que se privilegie su protección por sobre toda otra cuestión.
La cuestión no radica en “controles antidoping” para evitar el maltrato. De hecho, si el doping diera positivo, el animal ya habría sido maltratado.

La cuestión no radica en la legalización de canódromos para evitar violar una norma y de esa manera lograr recaudaciones para las arcas estatales.

El hecho primordial radica en no explotar al galgo, ni en las carreras ni en la caza. De una y otra forma hay MALTRATO ANIMAL Y CRUELDAD ANIMAL.

La normativa jurídica debe basarse en el cuidado y protección del animal no humano.
Aunado a todo lo expuesto, las nefastas y ocultas consecuencias que se vislumbran en la explotación del galgo y los estudios de Criminología que concluyen en la estricta interrelación que hay entre la violencia en animales con la posterior violencia en humanos, llevan a sostener que desde todo punto de vista, la existencia de canódromos en la cual se exploten animales en carreras o la caza de la liebre mediante el empleo del galgo, importan un verdadero retroceso social.

La moralidad y la consecución del interés público que el ordenamiento jurídico protege tan celosamente se ve afectada cada vez que tienen lugar eventos en los que se usan a los animales, promueven su compra y explotación e incentiva las apuestas ilegales.

Aunado a ello, el uso de drogas prohibidas, el ejercicio ilegal de la medicina veterinaria, la tipificación de cada una y todas las acciones que son parte de la explotación galguera en la Ley 14346 y en la Ley Nacional Antidoping y la Ley de Fauna Silvestre (Ley 22421), llevan a concluir que las carreras de perros, especialmente las carreras de galgos y la caza de liebres con galgo, deben ser prohibidas en todo el país.


Comisión de Derecho Animal Colegio de Abogados de la Capital Federal
Instituto de Derecho Animal Colegio de Abogados de San Isidro de la Provincia de Buenos Aires
Sala de Derecho Animal del Colegio de Abogados de la Provincia de Córdoba
Septiembre/2014


publicado por Kitty Charriere en https://www.facebook.com/photo.php?fbid=679130958851845&set=a.400707723360838.1073741829.100002648420884&type=1