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miércoles, 16 de enero de 2013

por qué repudiamos el decreto 1088

DECRETO EUTANÁSICO 1088
ESCLARECEDORA ENTREVISTA SOBRE ESTE GRAN ENGAÑO
DRA.SUSANA DASCALAKY

- publicado en la pág de cpca en facebook -

MIERCOLES 12 de diciembre, 17 hs 
“El Péndulo” – FM Simphony 91.3
Internet http://www.fm913.com.ar/Conduce Ignacio Aguirre

Se sube a “El Péndulo”, en procura de EQUILIBRIO: la Dra. Susana Dascalaky, la Directora de Asuntos Legales , del Centro de Prevención de Crueldad al Animal- CPCA, abogada penalista y especialista en Derecho de los Animales.



















Entrevista a la dra Susana Dascalaky by El Pèndulo on Grooveshark


SE LOGRÓ FRENAR LA INMINENTE APLICACIÓN DEL DECRETO NACIONAL 1088 EN LA PAMPA

http://www.cpca.org.ar - 28/11/2012

En maratónica tarea la Dra. Ivalú Turnes del CPCA, logra frenar la aprobación del engañoso decreto para este día Jueves.

Cuando ya era inminente la aprobación este día Jueves del engañoso Decreto presidencial 1088 por parte de la legislatura de la Provincia de La Pampa , se logró frenar su aprobación y el mismo vuelve a comisión. La Dra. Ivalú Turnes, recientemente promovida a Directora de la División Delitos de Fauna Urbana del Centro de Prevención de Crueldad al Animal (CPCA) , debió llevar adelante múltiples reuniones informativas con diferentes diputados para mostrar “el texto completo del Decreto 1088” y poner en evidencia la trampa que deja abierta la posibilidad del sacrificio masivo de animales.-

El Decreto que se presenta como beneficioso para los animales tiene en sus fundamentos la recomendación de la OMS en la que se indica como proceder ante la problemática de la numerosa población de la fauna urbana en los países latinoamericanos que no es otra que la eutanasia de animales enfermos o sanos sin familia, etc.

El Decreto 1088/2011 dice en sus fundamentos... Créase el “Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos”.

Bs. As., 19/7/2011

 VISTO y CONSIDERANDO:………
  “…..Que, asimismo, la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD, en el año 1990, elaboró las “Guías para el manejo de la población canina”, las que deben observarse en el ámbito nacional.
 LA OMS EN SUS GUÍAS PARA EL MANEJO HUMANITARIO DE POBLACIONES CANINAS DICE EN LA pág 15.- Eutanasia Cuando se asume el funcionamiento de lugares para retener animales o centros o redes de adopción, se requerirá administrar la eutanasia a animales que estén sufriendo enfermedades o lesiones incurables o problemas de comportamiento que hagan que no puedan ser reubicados o que no puedan sobrellevar su estadía en el centro lo suficientemente bien como para mantener un nivel razonable de bienestar...
Al final, un programa de manejo de poblaciones exitoso debe crear una situación donde éstas sean las únicas ocasiones en las que se deba requerir de la eutanasia y donde se pueda hallar un buen hogar para todos los perros saludables.
Sin embargo, en la realidad, la mayoría de los países no podrá lograr esta situación inmediatamente sino que necesitará trabajar para llegar a ella, aceptando que algunos animales saludables deberán recibir la eutanasia porque no hay suficientes hogares que puedan proporcionar un buen nivel de bienestar.....
Fue así que habiendo tomado conocimiento la Diputada Bertone de los fundamentos del decreto que propician la matanza de animales es que tomó la decisión de solicitar se remita nuevamente a Comisión para su revisión con la participación de Ong´s protectoras de animales de esa Ciudad, donde el CPCA estará presente.
Es dable destacar que la persona designada por el Gobierno Nacional para la “implementación y adhesión por las provincias al Decreto” es el mediático Dr. Romero.. ésta es su designación:
Decreto 248/2012
Bs. As., 22/2/2012 LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Art. 4º — Desígnase Representante de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en la UNIDAD EJECUTORA del “Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos” al señor médico veterinario D. Juan Enrique ROMERO (D.N.I. Nº 8.607.419).-

Hasta la fecha no hay provincias adheridas a este decreto, sí algunos Municipios del interior del país que desconocen esta trampa. Por este motivo solicitamos a todos los defensores de los animales, ongs, protectoras, que estén atentos y de no se dejen engañar bajo promesas de partidas de dinero que estarán manchadas con la sangre de nuestros animales de compañía sacrificados.-

Violenta agresión del veterinario Romero a abogada del CPCA http://www.cpca.org.ar - 2012

Fue en el marco de una reunión en la Comisión de Legislación Social donde se pretendía poner en vigencia el Decreto "eutanásico" 1088 en la Prov. de La Pampa.

En dicha reunión se encontraban presentes la Presidente de la comisión Diputada Carmen Bertone, su Vice Lidia Duperou, su secretario Mariano Fernández y mas de 10 vocales, además de periodistas de canal 3 de La Pampa, Diario Textual, Planb noticias, Diario La Arena y Prensa de Diputados.

También se encontraba la Presidente de la Fundación Vidanimal a quien le habrían ofrecido un cargo para apoyar el decreto , la Ong APANI y la Dra. Ivalú Turnes del Centro de Prevención de Crueldad al Animal (CPCA) que a pesar de las maniobras para evitar su presencia en la reunión pudo lograrlo.

Luego de una introducción sobre “tenencia responsable”, charla sobre castraciones y un powerpoint sobre animales , todo esto sin hacer debate sobre lo importante que era analizar el contenido del decreto eutanásico 1088 es que la Presidente de la Comisión manifestó que si alguien tenía alguna duda podía preguntar.

Cuando la Dra. Ivalú Turnes solicitó explicaciones sobre el decreto el veterinario Romero se negó a responder, a pedido de su asesor, aduciendo que la Dra. no había sido invitada.

Seguidamente la Diputada Bertone manifestó que Turnes tenía pleno derecho a preguntar y le dió la palabra. Entonces la Abogada repreguntó sobre las normativas que incorpora el decreto en sus fundamentos a saber: ley antirrábica y guías de manejo de la población canina de la OMS que establecen cómo eliminar animales sobrantes y el párrafo del 1088 que habilita el sacrificio de animales.

Ante esta pregunta de la Dra., el veterinario se incorporó violentamente de la mesa golpeándola y señalando amenazantemente a Turnes y comenzó a gritarle desaforadamente “ MIRE ABOGADA!!!… NO LE VOY A PERMITIR DUDAR DE MI MORAL …, siendo que los cuestionamientos de la profesional eran referidos a un Decreto y no a su persona. Romero sin permitir que continuara el debate siguió exponiendo todo su extenso CV como funcionario público mientras sus gritos se incrementaban. Algunos Legisladores debieron estar atentos ante cualquier desborde mayor del veterinario mientras abundaban los comentarios en la sala.

Cabe señalar que la presidente de APANI también manifestó no estar conforme con lo expuesto y que analizaría minuciosamente la “letra chica” del decreto antes de sentar postura y quien ante esta declaración tampoco recibió respuesta alguna.

Para finalizar tal cual hacen quienes no pueden sostener sus mentiras o engaños y se encuentran acorralados, el mediático veterinario terminó gritando ¡¡NACIÓN TIENE 40 MILLONES PARA “ESTO” , LO TOMA O LO DEJA !! a lo que la Dra. Turnes le respondió que no acepta chantajes y no negocia con la vida de los animales.

Los diputados presentes como así también los medios de prensa no salían de su asombro por la virulencia desmedida del multifacético veterinario a quien solo le fueron requeridas explicaciones sobre el contenido del Decreto 1088 o programa de tenencia de responsable.

Dueño de un hablar ágil y apasionado, logra impactar en la atención del oyente con su postura supuestamente “incondicional” a favor de los animales. Su falso mensaje en defensa de la vida atrae vastas audiencias de un público siempre ávido por noticias del reino animal.
Este hecho dio a conocer (esta vez públicamente) el otro yo, el verdadero Dr. Romero.

Es normal que el común de la gente no advierta en sus programas algunos sutiles mensajes ideológicos contrarios al interés de sus supuestos protegidos. También es entendible que este público tampoco note aquellos mensajes evidentes que sabotean la causa animal. Pero quien comience a interiorizarse en la problemática animalista advertirá las grietas de un discurso que deja de ser convincente para convertirse en el más burdo y repudiable. Y es en esa instancia, cuando el espectador advierte la magnitud de la careta que este personaje deja caer. Es esa la careta que cayó en La Pampa ante un público numeroso y sorprendido.

No fueron pocas las maniobras del veterinario para eludir la presencia de la Dra. Ivalú Turnes quien por cuestiones de ética y coherencia renunció a seguir patrocinando a quiénes defienden el sacrificio de animales y ahora pertenece al staff profesional del CPCA, ong que con fundamentos jurídicos y constitucionales rechaza el decreto 1088.y por ende el accionar violento del veterinario Romero contra una profesional del derecho.

lunes, 25 de julio de 2011

REPUDIO AL DECRETO 1088/11, PETITORIO A LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA

'' Los Animalistas y Proteccionistas de Argentina no traicionamos nuestras convicciones, ni abandonamos nuestra lucha por la vida, por una falsa promesa política. Tampoco cedemos ante las presiones de quienes anteponen sus intereses económicos a la sanidad animal sin “entender” que esto significa salud pública.

Por ello RECHAZAMOS DE PLANO Y REPUDIAMOS EL DECRETO NACIONAL 1088/2011, firmado por PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, EN LA PERSONA DE LA SRA. CRISTINA FERNANDEZ, CON FECHA 19/07/2011

Repudiamos LA EUTANASIA como posibilidad: no hay " buena muerte". Entiéndase Eutanasia como SACRIFICIO.

El mencionado decreto da potestad a las instituciones del estado para practicar la eutanasia, tácitamente la legitima, convirtiéndose en un despropósito en sí mismo.

Debe entenderse como UNICO método ético de control de población animal, las castraciones masivas, sistemáticas, gratuitas y sostenidas en el tiempo

Además, repudiamos la "TENENCIA RESPONSABLE" tal como se detalla en el texto oficial, que cosifica al animal como un bien de propiedad del ser humano.
ES POR ESTO QUE EXIGIMOS LA DEROGACION DE DICHO DECRETO, YA QUE NO REPRESENTA EN ABSOLUTO EL SENTIR DE LAS ENTIDADES Y/O PERSONAS QUE VERDADERAMENTE AMAMOS A LOS ANIMALES.


Unite a nuestra causa. Los animales de Argentina están amenazados de muerte por el Decreto 1088/2011 de la Presidencia de la Nación, que deja la puerta abierta a prácticas eutanásicas a criterio de los funcionarios de turno.

EXISTE UN PLAZO DE TAN SOLO DIEZ DIAS PARA ANULAR EL DECRETO A PARTIR DE SU APROBACION

Por favor AYUDANOS A SALVARLOS FIRMANDO ESTE PETITORIO YA !!!! ''

http://www.change.org/petitions/presidencia-de-la-nacion-argentina-repudio-al-decreto-108811

decreto 1088 o la nacionalización de las matanzas

miércoles, 20 de julio de 2011

más de lo mismo: decreto 1088/11, Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos

aquí el texto completo, cada uno saque sus conclusiones, personalmente no considero que ''...disminuir e instaurar, en lo posible y de acuerdo a la normativa vigente, soluciones no eutanásicas para situaciones derivadas de la convivencia entre seres humanos y los mencionados animales...'' signifique el fin de las matanzas, y los grandes ausentes en este texto, los callejeritos, quién velará por ellos???
no no, la palabra dicha en el discurso no es lo aquí leemos.

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SANIDAD ANIMAL

Decreto 1088/2011

Créase el “Programa Nacional de Tenencia

Responsable y Sanidad de Perros y Gatos”.

Bs. As., 19/7/2011


VISTO y CONSIDERANDO:


Que a fin de profundizar el cuidado y la

tenencia responsable de perros y gatos,

tendiendo al mejoramiento del estado sanitario

y al bienestar de los mismos y de la

comunidad, resulta propicio el dictado de

una norma que refleje la articulación de estas

premisas con la preservación de la salud

pública y la diversidad biológica.



Que la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS

DERECHOS DE LOS ANIMALES del año

1977 adoptada por la ORGANIZACION DE

LAS NACIONES UNIDAS (O.N.U.) y por la

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y

LA CULTURA (U.N.E.S.C.O.) en su artículo

3º dispone que ningún animal será sometido

a malos tratos ni a actos crueles y que

si es necesaria la muerte de un animal, ésta

debe ser instantánea, indolora y no generadora

de angustia. Asimismo, el artículo 5º

establece que todo animal perteneciente a

una especie que viva tradicionalmente en el

entorno del hombre tiene derecho a vivir y

crecer al ritmo y en las condiciones de vida

y de libertad que sean propias de su especie

y que toda modificación de dicho ritmo o

dichas condiciones que fuera impuesta por

el hombre con fines mercantiles es contraria

a dicho derecho.



Que, asimismo, la ORGANIZACION MUNDIAL

DE LA SALUD, en el año 1990, elaboró

las “Guías para el manejo de la población

canina”, las que deben observarse en el

ámbito nacional.



Que, en nuestro país, el artículo 41 de la

CONSTITUCION NACIONAL dispone, entre

otros extremos, que las autoridades proveerán

a la preservación de la diversidad

biológica.



Que ya en el año 1891 se sancionó la Ley

Nº 2786 que declaró actos punibles los malos

tratamientos ejercitados con los animales,

previéndose penas de multa o arresto

para las personas que los ejerciten.



Que, con posterioridad, a través de la Ley

Nº 14.346 se impuso la prisión de QUINCE

(15) días a un año al que infligiere malos tratos

o hiciere víctima de actos de crueldad a

los animales.



Que a su vez, la Ley Nº 22.953, mediante la

cual se declaró de interés nacional en todo

el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA

la lucha antirrábica, estableció diversas

obligaciones y responsabilidades, tanto

para las personas que tienen animales bajo

su tenencia, así como para las autoridades

competentes, destacándose entre ellas la

de “aplicar el tratamiento adecuado o proceder

al sacrificio de animales cuando se

compruebe o sospeche que han sido contagiados

de rabia”.



Que, por su parte, y en función de sus atribuciones,

diversas provincias han sancionado

normas relativas a esta materia. Así,

por ejemplo, la Provincia de MENDOZA a

través de la Ley Nº 7756, modificatoria de

su similar Nº 7603, declaró “No Eutanásica”

a dicha provincia, mientras que la Provincia

de BUENOS AIRES ha dictado la Ley

Nº 13.879 mediante la cual se prohíbe en

las dependencias oficiales la práctica del

sacrificio de perros y gatos.



Que, en el mismo sentido, diversos municipios

del país —tales como ROSARIO,

en la Provincia de SANTA FE, ALMIRANTE

BROWN, en la Provincia de BUENOS

AIRES y PUERTO MADRYN, en la Provincia

del CHUBUT—, entre otros, dictaron

Ordenanzas que tienen como objeto

tanto la tenencia responsable como las

tareas de control de salubridad, vacunación

y esterilización de animales domésticos,

estimulando las prácticas no eutanásicas.



Que la tenencia responsable y el cuidado

sanitario de perros y gatos no sólo conlleva

el mejoramiento del estado sanitario de los

mismos, sino que también contribuye directamente

al bienestar de la comunidad en su

conjunto.



Que debe considerarse que la tenencia responsable

implica proveer al animal de los

requerimientos básicos para su bienestar, a

saber: la salud, la alimentación adecuada,

el espacio de descanso protegido de las inclemencias

del tiempo, el espacio para eliminar

sus residuos, recreación, entre otros

aspectos.



Que dentro de las premisas básicas para el

mantenimiento de la sanidad del animal se

deben considerar como principales a la vacunación,

la desparasitación y la esterilización

quirúrgica, considerándose esta última

importante para el control de la reproducción

indiscriminada de animales.



Que hasta el presente, los métodos empleados

para controlar la superpoblación canina

y felina —el sacrificio y aún la eutanasia—

han demostrado carecer de fundamentos

éticos y técnicos, siendo ineficaces e ineficientes

por no actuar sobre las causas que

originan esta situación. En consecuencia,

no han podido disminuir la cantidad de animales,

ni tampoco han dado clara respuesta

a la problemática de la salud pública y del

ambiente sano.



Que al mismo tiempo, se ha comprobado

que la prevención es el método idóneo para

controlar la superpoblación de animales de

compañía, siendo la esterilización quirúrgica

—aceptada en el mundo y cada vez

más en muchas partes de nuestro país— la

técnica más eficaz y correcta de control de

la población animal, además de ser la más

adecuada para una utilización razonable de

los recursos públicos, evitando cualquier

desequilibrio biológico en contraposición

al procedimiento deleznable que implica

utilizar la matanza de animales como herramienta

de control demográfico canino o

felino.



Que, como se expresara precedentemente,

se debe hacer hincapié en la prevención y

en la tenencia responsable, ya que sólo de

esta manera se obtendrá un equilibrio real

entre la salud pública y la protección de perros

y gatos en un ambiente sano.



Que uno de los problemas más importantes

que atañe a la salubridad pública producto

de la superpoblación de animales en un medio

urbano, es la transmisión de enfermedades

como la rabia, la leishmaniasis visceral,

la hidatidosis, la toxocariasis, la leptospirosis,

la brucelosis y la toxoplasmosis. Así, un

crecimiento no controlado de ellos importa

un grave riesgo a la población que puede

traducirse en la posibilidad de que estos

animales perpetúen enfermedades transmisibles

al ser humano.



Que la rápida respuesta de la sociedad y

afluencia masiva de la misma a las campañas

de esterilización implementadas por

diversos municipios y por gran parte de las

entidades proteccionistas, refleja la importancia

de la necesidad de brindar por parte

del Estado Nacional soluciones concretas a

la problemática planteada.



Que en virtud de lo expuesto en los considerandos

que anteceden se crea el “Programa

Nacional de Tenencia Responsable y

Sanidad de Perros y Gatos”.



Que el Programa tendrá como objetivo principal

favorecer y fomentar la tenencia responsable

de perros y gatos, tendiendo al

mejoramiento del estado sanitario y al bienestar

de los mismos, así como a disminuir

e instaurar, en lo posible y de acuerdo a la

normativa vigente, soluciones no eutanásicas

para situaciones derivadas de la convivencia

entre seres humanos y los mencionados

animales.



Que se prevé que las campañas de esterilización

deberán ser organizadas en forma

estratégica, propendiendo a que la esterilización

sea quirúrgica, temprana, masiva,

sistemática, de ambos sexos, extendida en

el tiempo, abarcativa y gratuita. Las campañas

para llevarse a cabo requerirán la colaboración

y el compromiso de los Gobiernos

Provinciales, los Municipios, las Facultades

de Ciencias Veterinarias, los Colegios Profesionales

e Institutos y/u ONGs especializados

en la materia de todo el país.



Que deben establecerse los presupuestos

mínimos del “Programa Nacional de Tenencia

Responsable y Sanidad de Perros

y Gatos”, entre los cuales cabe destacar la

estimulación de la tenencia responsable y la

sanidad de los caninos y felinos por parte

de la persona o de la familia respecto a su

mascota, la promoción de la realización de

campañas de vacunación antirrábica anuales

de caninos y felinos, el impulso de la

desparasitación de perros y gatos, la preservación

de la diversidad biológica evitando

todo acto que implique malos tratos o

crueldad, impedir que se realice la práctica

de la eutanasia y el sacrificio indiscriminado

de perros y gatos y velar para que todas las

prestaciones inherentes al cumplimiento de

las misiones y funciones de los Centros de

Zoonosis sean gratuitas y públicas.



Que resulta necesaria la inclusión en los

programas de enseñanza de los temas referentes

a la protección de perros y gatos mediante

la tenencia responsable y el cuidado

de la sanidad de los mismos, así como la

realización de campañas de difusión masiva

del “Programa Nacional de Tenencia Responsable

y Sanidad de Perros y Gatos”.



Que la presente medida se dicta en ejercicio

de las facultades conferidas por el artículo

99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION

NACIONAL.



Por ello,



LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:



Artículo 1º — Créase el “Programa Nacional

de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y

Gatos” en el MINISTERIO DE SALUD.



Art. 2º — El Programa tendrá como objetivo

principal favorecer y fomentar la tenencia responsable

de perros y gatos, tendiendo al mejoramiento

del estado sanitario y al bienestar de

los mismos, así como disminuir e instaurar, en

lo posible y de acuerdo a la normativa vigente,

soluciones no eutanásicas para situaciones derivadas

de la convivencia entre seres humanos y

los mencionados animales.



Asimismo, deberá propiciar la elaboración,

el desarrollo y la implementación de políticas

de sanidad adecuadas para la preservación de

perros y gatos que, mediante la prevención,

promoción, protección y asistencia, garanticen

la disminución y posterior eliminación de las enfermedades

de ocurrencia habitual o esporádica

reduciendo el riesgo de enfermedades zoonóticas

preservando la salud humana, así como el

control de la población canina y felina mediante

campañas de esterilización organizadas en forma

estratégica, propendiendo a que la esterilización

sea quirúrgica, temprana, masiva, sistemática,

de ambos sexos, extendida en el tiempo,

abarcativa y gratuita.



Art. 3º — Créase la UNIDAD EJECUTORA del

Programa precedentemente referido, la que estará

integrada por UN (1) representante del MINISTERIO

DE SALUD, quien presidirá la misma,

UN (1) representante del MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL y UN (1) representante de la

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO

SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE

DE MINISTROS.



Art. 4º — Para el cumplimiento de sus funciones

la UNIDAD EJECUTORA deberá coordinar

con los Gobiernos Provinciales, los Municipios,

las Facultades de Ciencias Veterinarias, los Colegios

Profesionales e Institutos especializados

en la materia de todo el país la búsqueda de

alternativas que contribuyan tanto a la disminución

de soluciones eutanásícas como a la determinación

de los Protocolos Quirúrgicos específicos

para la esterilización de perros y gatos.



Las campañas de esterilización para llevarse

a cabo requerirán la colaboración y el compromiso

de los Gobiernos Provinciales, los Municipios,

las Facultades de Ciencias Veterinarias,

los Colegios Profesionales e Institutos y/u ONGs

especializados de todo el país.



Art. 5º — Establécense los siguientes presupuestos

mínimos del “Programa Nacional de

Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y

Gatos”:



a) Estimular la tenencia responsable y la sanidad

de los caninos y felinos por parte de la

persona o de la familia respecto a su mascota, a

fin de asegurar el bienestar de los animales, de

las personas y el entorno.



b) Promover la realización de campañas de

vacunación antirrábica anuales de caninos y felinos.



c) Impulsar la desparasitación de perros y gatos

con antiparasitarios de amplio espectro.



d) Preservar la diversidad biológica, evitando

todo acto que implique malos tratos o crueldad.



e) Impedir que se realice la práctica de la eutanasia

y el sacrificio indiscriminados de perros

y gatos. En caso de que, como último recurso,

deba recurrirse a la eutanasia, ésta deberá practicarse

del modo más inmediato e indoloro posible.



f) Realizar campañas de esterilización las que

deberán poseer las características detalladas en

el artículo 2º, segundo párrafo, de este decreto.



g) Velar para que todas las prestaciones inherentes

al cumplimiento de las misiones y funciones

de los Centros de Zoonosis, o sus similares,

sean gratuitas y públicas, realizándose tanto en

la sede como en otros puntos estratégicos o

móviles que se designen a tales fines.



h) Alcanzar el equilibrio de la población de perros

y gatos, entendiéndose por tal la equiparación

y el sostenimiento en el tiempo del número

de nacimientos con la disponibilidad de hogares

para albergarlos.



Art. 6º — El “Programa Nacional de Tenencia

Responsable y Sanidad de Perros y Gatos” podrá

prestar asistencia a los Gobiernos provinciales,

a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a

los Municipios.



Art. 7º — El MINISTERIO DE EDUCACION

deberá impulsar a través del Consejo Federal

de Educación la inclusión en los programas de

enseñanza de cada una de las jurisdicciones de

los temas referentes a la protección de perros

y gatos mediante la tenencia responsable y el

cuidado de la sanidad de los mismos y prever la

capacitación de los docentes.



Art. 8º — La AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS

DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y

la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

deberán implementar la realización de campañas

de difusión masiva del “Programa Nacional

de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros

y Gatos”.



Las campañas consistirán en la realización y

transmisión de spots radiales y televisivos, en la

publicación de folletos explicativos y demás material

de propaganda y en la ejecución de cualquier

otro tipo de acción tendiente a la información

y concientización de la ciudadanía respecto

de los objetivos del Programa.



Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a

la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

y archívese.



— FERNANDEZ DE KIRCHNER.

— Aníbal D. Fernández. — Alicia M. Kirchner.

— Juan L. Manzur.

martes, 19 de julio de 2011

programa nacional para la tenencia responsable y la sanidad de perros y gatos

La presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner firmó hoy el decreto que crea un programa de Protección y Tenencia Responsable de perros y gatos por medio del cual se coordinarán campañas de castración y prevención de posibles enfermedades zoonóticas.

El programa, creado a través del decreto 1088, prevé la coordinación de campañas de castración con los gobiernos provinciales, municipales, facultades de Ciencias Veterinarias, colegios profesionales e institutos especializados en todo el país.



Para ello, pone en funcionamiento una unidad ejecutora que estará compuesta por un representante del Ministerio de Salud, uno de Desarrollo Social y un tercero de la secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura del Gabinete de ministros.

El programa fue presentado hoy en la Residencia presidencial de Olivos por el jefe de gabinete Aníbal Fernández quien afirmó que el eje del plan será "la tenencia responsable de animales", domésticos.

"Desde el gobierno sentimos que debíamos hacer algo con este tema ya que nos preocupa mucho la propagación de la leishmaniosis, sobre todo en el norte argentino ¿habrá un millón de perros en el norte? Eso significa que hay unos cien mil que pueden contagiar la enfermedad".

Añadió además que "amamos a nuestras mascotas pero es importante que busquemos una solución definitiva a la leishmaniosis" y a otras enfermedades zoonóticas como la rabia o la toxoplasmosis.

Fernández argumentó que "la tenencia responsable es el eje de esta iniciativa y tenemos que hablar de la esterilización quirúrgica que es un gran tema y no cargar todo sobre un perrito".

Indicó además que desde el Estado "se debe coordinar todo el programa para participar activamente y tener el control de la población canina y felina" y añadió "es necesario efectuar un trabajo inteligente ya que aplicar la eutanasia no es la solución a esta situación".

Fernández manifestó la necesidad de "trabajar en forma coordinada para saber como atacar el problema. Esta comisión de salud, desarrollo y ambiente buscará definir una estrategia junto con las organizaciones no gubernamentales para conocer cómo esta cada región del país".

Consideró además que "los ministerios de educación provinciales deberán promover estrategias para enseñar a los chicos sobre la tenencia responsable de perros y gatos".

En este sentido añadió que los animales se encuentran en todos los estadios "hay perros que están atados afuera todo el día comiendo sobras y hay otros que duermen con sus dueños al pie de la cama".

Fernández insistió en que "matando a los animales no se resuelve el problema, sino promoviendo una tenencia responsable y garantizándole a los animales sus mínimos derechos. Llegó el momento en que todos los estamentos de Estado se aboquen a esta situación".

El programa busca estimular la tenencia responsable de mascotas, promover campañas de vacunación antirrábicas anuales, impulsar la desparasitación de perros y gatos e impedir la eutanasia y el sacrificio indiscriminado de las mascotas domésticas.

El jefe de gabinete explicó que la comisión que funcionará en el ámbito del Ministerio de Salud "acordará con las ONG y los veterinarios un sistema de esterilizaciones que pueden ser gratuitas con el fin de controlar la población canina y felina y de esta forma prevenir las enfermedades".


(de http://www.noticias.terra.com.ar)