miércoles, 25 de junio de 2014
martes, 24 de junio de 2014
tsas, el móvil quirúrgico de castración estará en el barrio benito machado
Tres Arroyos, Campaña Gratuita de Castración
El móvil quirúrgico estará en el barrio Benito Machado
La Dirección de Higiene, Veterinaria y Bromatología, dependiente de la Secretaría de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Tres Arroyos informa que el móvil quirúrgico estará ubicado en el barrio Benito Machado a partir del miércoles 25 de junio 2014
Se recuerda a la población que los interesados en castrar sus mascotas -perra, perro o gata- pueden acercarse a la Promotora de Salud de su barrio, en los Centros de Atención Primaria de la Salud, a fin de anotarse.
El móvil quirúrgico cada semana se ubica en diferentes barrios, según las necesidades que manifiesten.
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lunes, 23 de junio de 2014
en las playas de claromecó
huevos de caracol en la costa claromequense
ante la notoria presencia en la costa de Claromecó de algunas bolsas a la vera del mar, LU24 consultó a la ictióloga Vivian Pereyra, quien afirmó que “se trata de huevos de caracol marino, los que son característicos desde Brasil hasta Río Negro, y es normal que a veces aparezcan cientos en la playa, los que vemos a la orilla cuando mueren ”.
pereyra informó que pertenecen a une especie llamada Voluta Negra. Son ovicápsulas, dijo la profesional, "son grandes y dentro están los huevos que contienen de 9 a 33 embriones los que se alimentan del líquido que se encuentra en su interior, y cuando terminan de formarse se produce la eclosión”.
están a la deriva, por lo cual aparecen en la costa, manifestó, e indicó que “recomiendo no llevarlos a la casa, porque como son de agua de mar es difícil que se desarrollen en acuarios domiciliarios”.
agregó que también se han visto huevos de rayas, pero mencionó que “estos son de color negro, como un cuadrado, con hilos en los vértices”.
de: lu24.com.ar - 23/06/2014
ante la notoria presencia en la costa de Claromecó de algunas bolsas a la vera del mar, LU24 consultó a la ictióloga Vivian Pereyra, quien afirmó que “se trata de huevos de caracol marino, los que son característicos desde Brasil hasta Río Negro, y es normal que a veces aparezcan cientos en la playa, los que vemos a la orilla cuando mueren ”.
pereyra informó que pertenecen a une especie llamada Voluta Negra. Son ovicápsulas, dijo la profesional, "son grandes y dentro están los huevos que contienen de 9 a 33 embriones los que se alimentan del líquido que se encuentra en su interior, y cuando terminan de formarse se produce la eclosión”.
están a la deriva, por lo cual aparecen en la costa, manifestó, e indicó que “recomiendo no llevarlos a la casa, porque como son de agua de mar es difícil que se desarrollen en acuarios domiciliarios”.
agregó que también se han visto huevos de rayas, pero mencionó que “estos son de color negro, como un cuadrado, con hilos en los vértices”.
de: lu24.com.ar - 23/06/2014
domingo, 22 de junio de 2014
los árboles y la fauna
Los árboles y la fauna
Al igual que sucede con el resto de la flora nativa de un lugar, los árboles están íntimamente asociados a la fauna, desde pequeños insectos hasta grandes mamíferos. Los árboles proporcionan principalmente refugio y alimento, a cambio la fauna poliniza sus flores, disemina semillas y controla el crecimiento y la dispersión desmedida de la flora. Control de crecimiento y de dispersión Los insectos son los más numerosos herbívoros del planeta, muchas veces los encontraremos alimentándose de hojas de los árboles, de esta forma van podando los mismos en forma natural. Así lo harán orugas, caracoles y hormigas entre otros. Algunos mamíferos se alimentarán de renovales de árboles, muchos de los cuales suelen presentar espinas (defensas mecánicas) para evitar la predación. Incluso los monos suelen alimentarse de flores de árboles evitando así la formación del fruto. También habrá insectos “chupadores” que se alimentarán de la savia de los árboles por ejemplo, las chicharritas de la espuma de ceibos y tipas. Están los que se alimentan de madera, como lo hacen las larvas de ciertos escarabajos, termitas y algunas hormigas. Habrá también insectos que buscarán frutos de árboles para poner sus huevos, de ellos nacerán las larvas las cuales se alimentarán de las semillas inutilizándolas, como sucede con larvas de escarabajos en frutos de espinillo. Podemos citar también a las aves granívoras que se alimentan de semillas desnudas no dispersando las mismas. La fauna nativa no suele predar sobre muchas especies exóticas, originando que éstas suelan convertirse en plagas, como por ejemplo la acacia africana. Polinización Si bien algunas flores se autofecundan o son fecundadas por el viento, la mayoría necesita de un agente polinizador. Para atraerlos habrá que darles algo a cambio: néctar o polen. La presencia de flores amarillas, naranjas o blancas en general nos indican que serán los insectos los polinizadores, ya que son estos colores los que mejor verán la mayoría de ellos con su visión ultravioleta, y sumado al color, los perfumes, que actúan como fuertes atractivos químicos para abejas, moscas, escarabajos, abejorros, mariposas, etc. Las flores tubulares en especial de colores rojo (ceibo), son polinizadas por picaflores. De noche también se polinizan las flores, los agentes principales en este caso son las mariposas y otros insectos nocturnos e incluso ciertos mamíferos como los murciélagos nectívoros. Dispersión Una vez polinizadas las flores, las plantas comenzarán a formar el fruto. En general en ambientes boscosos o selváticos, donde no es posible dispersar las semillas con el viento o con el agua, los árboles evolucionaros para dispersar sus semillas, a través de la fauna. Para ello fue necesario recubrir las semillas con pulpa, formando así carnosos frutos que pudieran atraer a aves, mamíferos o reptiles, quienes dispersarán las semillas en los excrementos. La madurez de los frutos coincide con la madurez de las semillas. Este es el caso de muchas especies como la palmera pindó, talas, chañares, algarrobos, y otras tantas especies. Muchas aves utilizar las ramas de ciertos árboles nativos como talas o algarrobos, para la confección de sus nidos. Los árboles junto al resto de la flora conforman la base de la pirámide de la que se alimentarán los herbívoros, estos a su vez serán alimento de otros animales carnívoros o insectívoros. más información: http://arbolesnativos.org.ar |
viernes, 20 de junio de 2014
miércoles, 18 de junio de 2014
san cayetano, hallan muerto un ejemplar de ballena
Encontraron una ballena muerta en las costas de San Cayetano: 15 METROS DE LARGO, 3 METROS DE COLA Y 30 TONELADAS DE PESO
El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), a través de la Red Oficial de Rescate de Fauna Marina, encontró un ejemplar muerto de Ballena sei (Balaenopteraborealis), en las costas del Partido de San Cayetano, a la altura de la Estancia Los Médanos de Bosch.
Se trata de un ejemplar de sexo femenino de alrededor de 15 metros de largo, 3 metros de cola y 30 toneladas de peso. Por la disposición de la ballena en playa, no fue posible determinar la medida de la aleta dorsal ni extraer el cráneo para su estudio, como así tampoco determinar las causas de su deceso.
Al igual que todos los misticetos, debido a la caza intensiva sufrida históricamente, este tipo de ballena se encuentra en peligro de extinción. En la Argentina, en cuanto a su estatus de conservación, han sido clasificadas como vulnerables.
El relevamiento se realizó conjuntamente con personal de la Dirección Provincial de Recursos Naturales de OPDS, de la Prefectura Naval Argentina y del Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Mar del Plata, con el objetivo de efectuar determinaciones de tipo molecular para posteriores estudios científicos.
de: lu24.com.ar - 17/06/2014
El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), a través de la Red Oficial de Rescate de Fauna Marina, encontró un ejemplar muerto de Ballena sei (Balaenopteraborealis), en las costas del Partido de San Cayetano, a la altura de la Estancia Los Médanos de Bosch.
Se trata de un ejemplar de sexo femenino de alrededor de 15 metros de largo, 3 metros de cola y 30 toneladas de peso. Por la disposición de la ballena en playa, no fue posible determinar la medida de la aleta dorsal ni extraer el cráneo para su estudio, como así tampoco determinar las causas de su deceso.
Al igual que todos los misticetos, debido a la caza intensiva sufrida históricamente, este tipo de ballena se encuentra en peligro de extinción. En la Argentina, en cuanto a su estatus de conservación, han sido clasificadas como vulnerables.
El relevamiento se realizó conjuntamente con personal de la Dirección Provincial de Recursos Naturales de OPDS, de la Prefectura Naval Argentina y del Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Mar del Plata, con el objetivo de efectuar determinaciones de tipo molecular para posteriores estudios científicos.
de: lu24.com.ar - 17/06/2014
martes, 17 de junio de 2014
lunes, 16 de junio de 2014
16 de junio, día mundial de las tortugas marinas
16 de junio - Día Mundial de las Tortugas Marinas
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domingo, 15 de junio de 2014
sábado, 14 de junio de 2014
derecho animal, la fiscalía de bahía blanca creó equipo de trabajo
derecho animal
fiscalía general de bahía blanca
equipo de trabajo en causas de malos tratos
y actos de crueldad contra los animales

INSTRUCCIÓN GENERAL Nº 102 . Creación del Equipo de Trabajo en Causas de Malos tratos y actos de Crueldad contra los animales.
INSTRUCCIÓN GENERAL Nº 102
Bahía Blanca, 13 de Junio de 2014.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la ley Nacional N° 14.346 sanciona al que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales, entendidos estos como la realización de actos de violencia física injustificada que causen intencionalmente al animal dolor o sufrimiento considerables, perjudicando gravemente su salud u ocasionándole su muerte.
Que situaciones de maltrato y crueldad respecto de los animales se han venido multiplicando con cierta asiduidad, generando alarma en los habitantes de nuestro departamento judicial. En este sentido, consultados los registros del Sistema Informático del Ministerio Público, puede observarse que las denuncias por infracción a la mencionada ley han aumentado considerablemente en los últimos tiempos. Así, del total de 355 denuncias registradas entre los años 1998 a 2014, 229 fueron realizadas en los últimos 4 años., representando el 68.35% de los casos.
Que es de interés de la Fiscalía General Departamental lograr una actuación más eficaz del Ministerio Público Fiscal en las investigaciones sobre estos delitos, generando así un efecto preventivo- disuasorio de los casos de malos tratos y actos de crueldad contra los animales y, fundamentalmente, una intervención pronta que permita hacer cesar el estado antijurídico de estas situaciones que perduran luego de la denuncia.
Que ante la necesidad de dar respuesta a los constantes requerimientos de información respecto de la tramitación de las causas, mayormente realizados por parte de agrupaciones y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la protección de los animales que concurren habitualmente ante las diferentes Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio, en cumplimiento de principios republicanos, entre los que se encuentra la publicidad de los actos de los funcionarios, se advierte la conveniencia de formar un equipo de trabajo voluntario de Agentes Judiciales que, sin desafectación de otras funciones ya asignadas, puedan servir de canal de comunicación entre los responsables del ejercicio de la accción penal y la comunidad.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que me confiere el art. 28 inc. 1º, 4º y 5º y demás normas concordantes de la ley Nº 14.442, RESUELVO:
ARTÍCULO 1º: Crear el "Equipo de Trabajo en causas de Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales” (E.Tra.) en el ámbito del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial Bahía Blanca y dentro de la órbita funcional de la Secretaría General de la Fiscalía de Cámaras.
ARTÍCULO 2º: Integración y funcionamiento: El “E.Tra.” estará dirigido por el Secretario General de la Fiscalía de Cámaras, quien coordinará su funcionamiento y arbitrará los medios para su integración convocando la participación de integrantes del Ministerio Público Fiscal que voluntariamente deseen participar.
ARTÍCULO 3º: Funciones y Facultades: Serán obligaciones y funciones específicas del “E.Tra.”:
a) Servir de canal de comunicación entre las Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio y la comunidad, brindando la información correspondiente a todos los interesados.
b) Centralizar la información y la atención de los denunciantes y demás interesados, contando para tal fin con un espacio físico adecuado.
c) Recepcionar denuncias y ampliación de las mismas, como así también formularlas de oficio cuando, a través de redes sociales o medios de comunicación, lleguen a su conocimiento hechos de malos tratos o actos de crueldad contra los animales. A tal fin administrará el espacio virtual creado por el artículo 7º de la presente instrucción.
d) Coordinar reuniones con todas las personas que puedan facilitar información útil respecto a un hecho determinado a fin de ponerla en inmediato conocimiento de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio interviniente.
e) Asistir a las Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio en todo aquello que pueda hacer más ágil una investigación.
f) Realizar un permanente monitoreo de las Investigaciones Penales Preparatorias iniciadas por denuncias por actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales que tramiten en este Departamento Judicial, elaborará estadísticas y asesorará a la Fiscalía General para el diseño y la implementación de políticas de persecución penal tendientes a la prevención y más eficiente investigación de los delitos enmarcados en dicha temática.
g) Articular y trabajar en coordinación con agrupaciones y O.N.G´s de protección animal a nivel local, provincial, nacional e internacional.
ARTÍCULO 4º: Registro de denuncias y planilla de control. El “E.Tra.” deberá confeccionar un Registro Único de Denuncias por delitos que impliquen actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales, donde se archivarán copia de todas las denuncias que se reciban e ingresen por tales delitos como así también deberá llevar actualizada una planilla en formato digital donde consten todas las Investigaciones Penales Preparatorias que se inicien en el Departamento Judicial Bahía Blanca. Este registro deberá incluir las Investigaciones Penales Preparatorias que, al día de la fecha, se encuentren en estado de tramite, sin importar la fecha en que hubiera sido efectuada la denuncia y servirá especialmente para generar datos estadísticos actualizados.
ARTÍCULO 5º: Monitoreo permanente. Control de gestión e informes. El "E.Tra" deberá realizar un monitoreo permanente y elevará informes a la Secretaría de Control de Gestión y Capacitación sobre el trámite procesal de las investigaciones iniciadas por delitos que impliquen actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales, detallando avances, dificultades y particularidades pertinentes en la instrucción de las mismas.
ARTÍCULO 6º: Análisis de investigaciones archivadas. La Fiscalía General realizará periódicamente un muestreo de aquellas investigaciones por delitos que impliquen actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales que sean archivadas o desestimadas por las Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio, a los fines de evaluar su adecuación a pautas de razonabilidad.
ARTÍCULO 7º: Espacio virtual. A fin de contar con un canal de comunicación e información entre el “E.Tra.” y la comunidad que posibilite compartir los avances y propuestas para una mejor intervención en los hechos que impliquen infracción a la ley N° 14.346, se habilitará un espacio virtual que se denominara “Equipo de Trabajo en Causas de Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales. Fiscalía General Departamental”.
ARTÍCULO 8º: Regístrese y comuníquese. Oportunamente, archívese.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado. CONSTE.-
Registrado bajo Nº 102.
Fiscalía General Departamental.
más información en https://www.facebook.com/pages/Causas-de-maltrato-animal-Fiscalia-Bah%C3%ADa-Blanca/304871883011433
Bahía Blanca, 13 de Junio de 2014.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la ley Nacional N° 14.346 sanciona al que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales, entendidos estos como la realización de actos de violencia física injustificada que causen intencionalmente al animal dolor o sufrimiento considerables, perjudicando gravemente su salud u ocasionándole su muerte.
Que situaciones de maltrato y crueldad respecto de los animales se han venido multiplicando con cierta asiduidad, generando alarma en los habitantes de nuestro departamento judicial. En este sentido, consultados los registros del Sistema Informático del Ministerio Público, puede observarse que las denuncias por infracción a la mencionada ley han aumentado considerablemente en los últimos tiempos. Así, del total de 355 denuncias registradas entre los años 1998 a 2014, 229 fueron realizadas en los últimos 4 años., representando el 68.35% de los casos.
Que es de interés de la Fiscalía General Departamental lograr una actuación más eficaz del Ministerio Público Fiscal en las investigaciones sobre estos delitos, generando así un efecto preventivo- disuasorio de los casos de malos tratos y actos de crueldad contra los animales y, fundamentalmente, una intervención pronta que permita hacer cesar el estado antijurídico de estas situaciones que perduran luego de la denuncia.
Que ante la necesidad de dar respuesta a los constantes requerimientos de información respecto de la tramitación de las causas, mayormente realizados por parte de agrupaciones y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la protección de los animales que concurren habitualmente ante las diferentes Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio, en cumplimiento de principios republicanos, entre los que se encuentra la publicidad de los actos de los funcionarios, se advierte la conveniencia de formar un equipo de trabajo voluntario de Agentes Judiciales que, sin desafectación de otras funciones ya asignadas, puedan servir de canal de comunicación entre los responsables del ejercicio de la accción penal y la comunidad.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que me confiere el art. 28 inc. 1º, 4º y 5º y demás normas concordantes de la ley Nº 14.442, RESUELVO:
ARTÍCULO 1º: Crear el "Equipo de Trabajo en causas de Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales” (E.Tra.) en el ámbito del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial Bahía Blanca y dentro de la órbita funcional de la Secretaría General de la Fiscalía de Cámaras.
ARTÍCULO 2º: Integración y funcionamiento: El “E.Tra.” estará dirigido por el Secretario General de la Fiscalía de Cámaras, quien coordinará su funcionamiento y arbitrará los medios para su integración convocando la participación de integrantes del Ministerio Público Fiscal que voluntariamente deseen participar.
ARTÍCULO 3º: Funciones y Facultades: Serán obligaciones y funciones específicas del “E.Tra.”:
a) Servir de canal de comunicación entre las Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio y la comunidad, brindando la información correspondiente a todos los interesados.
b) Centralizar la información y la atención de los denunciantes y demás interesados, contando para tal fin con un espacio físico adecuado.
c) Recepcionar denuncias y ampliación de las mismas, como así también formularlas de oficio cuando, a través de redes sociales o medios de comunicación, lleguen a su conocimiento hechos de malos tratos o actos de crueldad contra los animales. A tal fin administrará el espacio virtual creado por el artículo 7º de la presente instrucción.
d) Coordinar reuniones con todas las personas que puedan facilitar información útil respecto a un hecho determinado a fin de ponerla en inmediato conocimiento de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio interviniente.
e) Asistir a las Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio en todo aquello que pueda hacer más ágil una investigación.
f) Realizar un permanente monitoreo de las Investigaciones Penales Preparatorias iniciadas por denuncias por actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales que tramiten en este Departamento Judicial, elaborará estadísticas y asesorará a la Fiscalía General para el diseño y la implementación de políticas de persecución penal tendientes a la prevención y más eficiente investigación de los delitos enmarcados en dicha temática.
g) Articular y trabajar en coordinación con agrupaciones y O.N.G´s de protección animal a nivel local, provincial, nacional e internacional.
ARTÍCULO 4º: Registro de denuncias y planilla de control. El “E.Tra.” deberá confeccionar un Registro Único de Denuncias por delitos que impliquen actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales, donde se archivarán copia de todas las denuncias que se reciban e ingresen por tales delitos como así también deberá llevar actualizada una planilla en formato digital donde consten todas las Investigaciones Penales Preparatorias que se inicien en el Departamento Judicial Bahía Blanca. Este registro deberá incluir las Investigaciones Penales Preparatorias que, al día de la fecha, se encuentren en estado de tramite, sin importar la fecha en que hubiera sido efectuada la denuncia y servirá especialmente para generar datos estadísticos actualizados.
ARTÍCULO 5º: Monitoreo permanente. Control de gestión e informes. El "E.Tra" deberá realizar un monitoreo permanente y elevará informes a la Secretaría de Control de Gestión y Capacitación sobre el trámite procesal de las investigaciones iniciadas por delitos que impliquen actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales, detallando avances, dificultades y particularidades pertinentes en la instrucción de las mismas.
ARTÍCULO 6º: Análisis de investigaciones archivadas. La Fiscalía General realizará periódicamente un muestreo de aquellas investigaciones por delitos que impliquen actos de Malos Tratos y Crueldad contra los Animales que sean archivadas o desestimadas por las Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio, a los fines de evaluar su adecuación a pautas de razonabilidad.
ARTÍCULO 7º: Espacio virtual. A fin de contar con un canal de comunicación e información entre el “E.Tra.” y la comunidad que posibilite compartir los avances y propuestas para una mejor intervención en los hechos que impliquen infracción a la ley N° 14.346, se habilitará un espacio virtual que se denominara “Equipo de Trabajo en Causas de Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales. Fiscalía General Departamental”.
ARTÍCULO 8º: Regístrese y comuníquese. Oportunamente, archívese.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado. CONSTE.-
Registrado bajo Nº 102.
Fiscalía General Departamental.
más información en https://www.facebook.com/pages/Causas-de-maltrato-animal-Fiscalia-Bah%C3%ADa-Blanca/304871883011433
viernes, 13 de junio de 2014
buenos aires, código rural: prohibiciones
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO - LEY 10081/83
-CODIGO RURAL-
PARAGRAFO 3 - PROHIBICIONES
ARTICULO 273°: Prohíbese en el ejercicio de la caza:
a) El empleo de todos aquellos medios que tengan por objeto la captura en masa de las aves y otros animales silvestres, la formación de cuadrillas de a pie o a caballo;
b) El uso de hondas, redes, trampas, cimbras, mangas, lazos, sustancias tóxicas, venenosas o gomosas, explosivas, armas o métodos nocivos, armas de calibre no autorizado o a bala en la caza deportiva volátil;
c) Practicarla en el ejido de las ciudades, pueblos, lugares urbanos o suburbanos, caminos públicos y en todas aquellas áreas habituales, concurridas por público, a una distancia mínima que deberá fijarse por la reglamentación;
d) Perseguir y tirar sobre animales desde vehículos - automotores, embarcaciones y aeroplanos, con excepción de botes o canoas a remo;
e) Actuar en zonas declaradas parques, reservas, refugios o santuarios y todo otro lugar expresamente prohibido;
f) Practicarlas en horas de la noche o con la luz artificial;
g) Transitar con armas descubiertas o preparadas, en las zonas mencionadas en los incisos c) y e);
h) Disparar sobre animales atascados o inmovilizados por cualquier causa:
i) Disparar con armas automáticas o provistas de millas infrarrojas o silenciadoras;
j) Efectuar disparos "en salva" o sucesivos de más de un cazador sobre la misma pieza;
k) Utilizar perros galgos en la caza de la liebre.
legislación completa:
miércoles, 11 de junio de 2014
mira la tierra ...
'' el hombre ha hecho de la tierra un infierno para los animales ''
arthur schopenhauer
lunes, 9 de junio de 2014
domingo, 8 de junio de 2014
8 de junio, día mundial de los océanos
'' Si queremos beneficiarnos plenamente de los océanos,
debemos invertir la tendencia a la degradación del medio marino causada por la contaminación,
la explotación excesiva y la acidificación. ''
Secretario General UN , Ban Ki-moon
Por qué celebramos el Día Mundial de los Océanos?
- Para recordar a todo el mundo el gran papel que los océanos juegan en nuestras vidas. Son los pulmones de nuestro planeta, que generan la mayoría del oxígeno que respiramos.
- Para informar a la opinión pública de las consecuencias que la actividad humana tiene para los océanos.
- Para poner en marcha un movimiento mundial ciudadano a favor de los océanos.
- Para movilizar y unir a la población mundial entorno al objetivo de la gestión sostenible de los océanos. Son una fuente importante de alimentos y medicinas, y una parte esencial de la biosfera.
- Para celebrar juntos la belleza, la riqueza y el potencial de los océanos.
sábado, 7 de junio de 2014
viernes, 6 de junio de 2014
bahía blanca, jornadas sobre derecho animal
jornadas sobre derecho animal
se realizarán en bahía blanca (pcia de buenos aires)
los días 13 y 14 de junio de 2014
Jornadas Regionales de Derecho Animal -
Bahía Blanca
13 y 14 de Junio 2014 - Universidad Nacional del Sur
Av. Colón 80 - Aula Magna // ENTRADA LIBRE y GRATUITA
Horarios:
Viernes 13/Junio de 09 a 13 Hs. y de 17 a 21 Hs
Sábado 14/Junio de 09 a 13 Hs.
Disertantes: Dr. Susana Dascalaky, Dr. Gerardo Biglia, Dra. Ivalú Turnes
Abogados penalistas de la ONG CPCA Centro de Prevención de Crueldad al Animal (CABA)
Organizan: Instituto de Estudios de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Bahía Blanca, Fundación CIJUSO y Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Sur
Jornadas declaradas de Interés Municipal por HCD 337/2014
Inscripciones al Email: inscripciones.ieda@gmail.c
más información en http://www.cpca.org.ar/novedades/
jueves, 5 de junio de 2014
5 de junio, día mundial del medioambiente
“La Mejor Herencia que Podemos Dejarle a Nuestros Hijos es:
Amor, Conocimiento y un Planeta en el que Puedan Vivir”.
“Sin Ambiente, no hay futuro”.
imágen de http://comocuidarelmedioambiente.com/
miércoles, 4 de junio de 2014
protección del cauquén, de aves argentinas
los cauquenes están protegidos por ley
en todo el territorio nacional
información en https://www.facebook.com/avesargentinasAOP/photos/a.10150599550897284.383991.49129757283/10152339245952284/?type=1&theater
EMERGENCIAS AMBIENTALES OPDS (BUENOS AIRES)
0800 222 1362
martes, 3 de junio de 2014
CAUQUENES, enviado por prof. Norberto Ovando
CAUQUENES
Uno o más asesinos andan suelto CUIDADO. Los cauquenes migratorios sufren la persecución por parte de los productores agrícolas del sur bonaerense y de otras provincias mediante el arreo con avionetas, la utilización de técnicas letales (venenos) y la caza furtiva.
Para conocimiento de todos y especialmente de las autoridades, las tres especies de cauquenes migratorios en la provincia de Buenos Aires se encuentran protegidos bajo el marco de la Ley 14038 (Cauquén común, Cauquén cabeza gris y el Cauquén colorado), este ultimo además se declaró Monumento Natural Provincial por la Ley 12250.
La Ley Nacional de Conservación de Fauna Nº 22.421 declara de interés público a la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita el territorio de la República Argentina, así como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional. Asimismo, impone a todos los habitantes de la Nación el deber de proteger la fauna silvestre, obligación usualmente ignorada por la mayoría de los argentinos.
Por último, la Ley de presupuestos mínimos sobre política Ambiental nacional o Ley General del Ambiente (LGA), cuyo fundamento jurídico es el referido artículo 41, determina que uno de los objetivos de la política ambiental nacional debe ser asegurar la conservación de la diversidad biológica.
En lo estrictamente particular, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) por disposición 513/2007 prohibió la caza, el comercio y la exportación de ejemplares y productos de diversas especies de fauna silvestre. En el Anexo ii de tal disposición figura el Cauquén Colorado. Asimismo, la SAyDS actualizó por resolución 348/2010 la clasificación de aves autóctonas del país, quedando el Cauquén Común, el Cabeza Gris y Colorado clasificados como especie vulnerable, especie amenazada y especie en peligro de extinción, respectivamente.
En el ámbito internacional, Argentina firmó y ratificó (1994) el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) dicho acuerdo internacional obliga a las partes a conservar la biodiversidad.
Además, nuestro país firmó la Convención sobre la Conservación de Especies Migratorias de Animales Salvajes de Especies (CMS) o Convención de Bonn, la cual define a las especies migratorias en función del traspaso cíclico de uno o varios límites de jurisdicción nacional más que desde una perspectiva ecológica del proceso.
Se debe actuar en consecuencia.
Prof.. Norberto Ovando
Presidente
Asociación Amigos de los Parques Nacionales
lunes, 2 de junio de 2014
matanza de cauquenes en lin calel (pdo de tres arroyos, pcia de buenos aires)
LIN CALEL (pdo de tres arroyos, pcia de buenos aires)
vecinos reclaman el cese de la
caza de cauquenes
a través de facebook ( https://www.facebook.com/lvp3arroyos ), vecinos de Lin Calel envían
las siguientes fotos con un pedido para que cese la caza de avutardas y
cauquenes colorados (especie en extinción), que desaprensivamente son cazadas y
tiradas en zanjas de la zona.
Piden asimismo la presencia de la patrulla de
Fauna
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